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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2019-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2019-S2

    Fecha: 08-Oct-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.3
    • II.4.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Excepción al principio de subsidiariedad en las acciones de  amparo constitucional en razón a la necesidad de la tutela inmediata de ciertos derechos constitucionales
    • se hace viable la tutela constitucional a través de la acción de amparo constitucional. Entendimiento asumido en virtud a que en estos casos no sólo se halla involucrado el derecho al trabajo, sino otros derechos elementales como la subsistencia y a la vida misma de la persona, ya que cuando se afecta el derecho al trabajo a través de una despido injustificado, no sólo se afecta a la persona individual, sino a todo el grupo familiar que depende de un trabajador o trabajadora por cuanto implícitamente se atenta contra la subsistencia de sus hijos o dependientes, de ahí que el derecho al trabajo constituye uno de los principales derechos humanos
    • III.2. Sobre la calidad de servidor público e inamovilidad. Jurisprudencia reiterada
    • Fragmento 17
    • La jurisprudencia constitucional también precisó la distinción existente entre servidor público de carrera y servidor público provisorio
    • Los servidores públicos provisorios gozan de los mismos derechos establecidos en el art. 7.I EFP; empero, no pueden impugnar las resoluciones que impliquen su remoción; es decir no gozan de la inamovilidad laboral.
    • III.3.  Sobre la naturaleza institucional del SINEC y régimen jurídico de los recursos humanos. Jurisprudencia reiterada
    • Con relación al régimen de personal del SINEC, en conformidad con lo dispuesto por el art. 27 del mencionado DS 26474, los funcionarios que la conforman, son servidores públicos, sujetos a las normas y procedimientos del Sistema de Administración de Personal, en el marco de la Ley de Administración y Control Gubernamentales y del Estatuto del Funcionario Público, cuya designación, nombramiento y estabilidad funcionaria, se basa en el mérito personal y el régimen de la carrera administrativa
    • Fragmento 22
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • III.3.1.   Dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional
    • III.4.  Otras consideraciones
    • 3°

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