SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2019-S2

Fecha: 08-Oct-2019

a)

Solicitan se les conceda la tutela, ordenando al SINEC lo siguiente: a) La Inmediata reincorporación a sus fuentes de trabajo a los cargos que ocupaban cuando fueron ilegalmente despedidos y sea con el mismo ítem y nivel salarial;       b) El pago de sus sueldos devengados y la restitución de sus derechos laborales; y, c) Se condene al SINEC al pago de las costas procesales, además de los daños y perjuicios ocasionados.

José Luis Martínez Callahuanca, Director General Ejecutivo de la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (ASUSS), representado por Ignacia Caberos Montaño y José Luis Magne Berazain, presentes en audiencia señalaron lo siguiente: a) La ASUSS no tiene facultad o atribución alguna para intervenir en temas netamente laborales que se da entre ambos sectores, el uno en calidad de empleador y el otro como trabajadores, considerando que sus facultades se encuentran establecidas en el art. 11 del Decreto Supremo 3561, que señala: ”fiscalizar y controlar procesos”; y, b) En la presente audiencia se pretende dilucidar un tema netamente laboral, que no es propio del proceso de institucionalización del personal.