Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2019-S3
Fecha: 02-Oct-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El Juez del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de La Paz al imponerle la medida cautelar de la detención preventiva atentó contra su salud, ya que antes de tomar dicha decisión debió considerar la grave enfermedad terminal de “…CONVULCIONES DE APARICIÓN TARDÍA, CON RIESGO DE MUERTE SÚBITA, TRANSTORNO DE SUEÑO, EFISEMA PULMONAR Y OTROS…” (sic) que padece; exponiéndolo a tener una terrible muerte en prisión, al no contar con elementos mínimos para resguardar su vida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando este Tribunal conoce en revisión una acción tutelar y evidencia que el recurrente acudió en una segunda oportunidad a la jurisdicción constitucional, a través del recurso de hábeas corpus, estableciéndose con tal actuación la existencia de identidad absoluta de sujetos (partes: recurrente y recurrido), objeto (pretensiones del actor) y causa (hechos o supuestos fácticos en que se fundó la demanda)
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR