Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2019-S3
Fecha: 04-Oct-2019
denegó
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 18 de 26 de abril de 2019, cursante de fs. 95 vta. a 98 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) La accionante no tiene la calidad de funcionaria de carrera de la entidad demandada, ya que los cargos del Órgano Judicial fueron declarados transitorios en tanto se implemente en su totalidad el nuevo Órgano Judicial; ii) Se salvan los derechos del menor a percibir subsidios de lactancia determinados por ley, hasta el año de edad; y, iii) No resulta efectiva la Conminatoria de Reincorporación Laboral emanada del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.4.
- III.1. De la inamovilidad funcionaria excepcional de madres gestantes o progenitores de hijas o hijos menores de un año
- merecerá la protección del Estado, a través de todas sus instancias y órganos, reconociéndoles el derecho establecido en el art. 48.IV de la CPE; sin embargo, dadas sus características especiales en las que se encuentran, como servidores públicos que no se encuentran en la carrera administrativa, deberá otorgarse la protección -en aplicación de lo dispuesto por el art. 48.IV de la CPE- permitiendo se mantengan desempeñando funciones en la misma institución en la que fueron agradecidas sus labores, hasta que su hijo o hija cumpla un año de edad
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- REVOCAR