Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0706/2019-S3
Fecha: 07-Oct-2019
II.6.
II.6. Mediante Memorándum HOLA-RRHH-MEMO/CBBA/10-2019 de 27 de enero, se amplió la suspensión temporal de funciones determinada contra la impetrante de tutela, por otros cuatro días más; ante este hecho la aludida, a través de oficio presentado el 30 de igual mes y año, solicitó se deje sin efecto esta determinación y el “…ilegal proceso sumario instaurado…” (sic [fs. 18 a 20 vta.]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- i)
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.14.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- IV
- ARTÍCULO 3.- (Acciones Constitucionales)
- 1)
- 2)
- 3)
- reincorporación
- Fragmento 26
- III.2. Cumplimiento integral de la conminatoria de reincorporación
- encontrándose imposibilitada esta jurisdicción de ingresar a analizar si la conminatoria efectuó una indebida o ilegal fundamentación a tiempo de determinar la reincorporación, o si los datos, hechos y circunstancias que le dieron lugar, ameritaban tal determinación, debido a que eso corresponde a la jurisdicción ordinaria que contiene una etapa amplia de producción de prueba y potestad de valorar la misma, posibilidad que está al alcance del empleador, en caso de disentir con la decisión de la instancia de administración laboral, lo que de ningún modo le posibilita incumplir la determinación de reincorporación
- la protección abarcará todos los puntos dispuestos en la conminatoria, considerando que el cumplimiento de la misma es obligatoria e integral, puesto que no corresponde que el Juez o Tribunal de garantías, ampare sólo la reincorporación ordenada y relegue el pago de sueldos devengados a la judicatura laboral, desnaturalizando así la protección inmediata y eficaz que persigue la norma contenida en el citado Decreto Supremo 495
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte