SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2019-S3

Fecha: 09-Oct-2019

1)

Elisa Exalta Lovera Gutiérrez, Vocal de la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por medio del informe escrito presentado el 2 de julio de 2019, cursante de fs. 33 a 34, expresó que: 1) Respondiendo la solicitud de adelantamiento de sorteo planteada por el solicitante de tutela respecto al recurso de apelación contra el Auto Interlocutorio 241/2019, se manifestó que debía aguardar turno en razón a que también existen otros casos cuyos apelantes se encuentran con detención preventiva, pero además que el Tribunal no resolverá sobre su libertad o detención, puesto que existen mecanismos que deben ser activados ante el Juez a quo para tal efecto; 2) No se rechazó el sorteo solicitado, simplemente se le señaló que en virtud al principio de igualdad, se debe esperar turno al igual que otros casos similares; por lo cual, no cuenta con legitimación pasiva en el presente caso, por cuanto el recurso pendiente no resolverá respecto a la medida impuesta al peticionante de tutela; y, 3) El plazo de diez días para resolver el recurso de apelación incidental, debe ser tomado en cuenta desde el sorteo al Vocal relator, conforme al acuerdo de Sala Plena 023/2012 de 18 de mayo, siguiendo además un orden cronológico de recepción de las causas. Por lo expuesto, solicitó se deniegue la tutela impetrada.