SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0726/2019-S3
Fecha: 09-Oct-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad de libre locomoción; puesto que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de allanamiento, asociación delictuosa y fabricación, comercio o tenencia de sustancias explosivas y asfixiantes -del cual nunca tuvo conocimiento-, la Jueza de Instrucción Penal Tercera de El Alto del departamento de La Paz, expidió mandamiento de aprehensión y arraigo en su contra; posteriormente, mediante providencia de 1 de julio de 2019, el Juez ahora demandado -en suplencia legal de su similar Tercero- dispuso se dejen sin efecto dichas medidas impuestas; no obstante, el Secretario del referido Juzgado se niega a elaborar el oficio ante la Dirección General de Migración a objeto de proceder a su desarraigo, habiendo transcurrido desde entonces más de una semana, encontrándose en consecuencia indebidamente privado de su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de los demandados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- libertad de locomoción
- de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- toda solicitud relativa o vinculada a la libertad de las personas, debe imprimírsele celeridad en su resolución sea positiva o negativamente para quien la pide,
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR