SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0732/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0732/2019-S3

Fecha: 10-Oct-2019

1)

Los peticionantes de tutela a través de su abogada, ratificaron en el contenido íntegro de su acción tutelar y ampliándolo señalaron que: 1) “…como sabemos si esto no lo prendió antes de venir…” (sic); 2) Si tuvo la voluntad de responder, debió traer el mencionado Estatuto y Reglamento Orgánico de la Comunidad a la audiencia de acción de amparo constitucional; 3) “Hasta la fecha” no se dio curso a su solicitud cuando toda persona tiene derecho a una respuesta formal y pronta para el ejercicio de sus derechos como lo mencionan las                         SCP “0385/2015-S2” y SC 0962/2010-R de 17 de agosto; y, 4) Se vulneró su derecho a la petición, conforme a lo expuesto.