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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2019-S3

    Fecha: 11-Oct-2019

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • no ha lugar la solicitud impetrada,
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley, y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional, que, como se ha señalado, es el recurso idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso
    • en forma concurrente,
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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