Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0746/2019-S3
Fecha: 11-Oct-2019
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Omar Alejandro Asbun Farah -ahora accionante- por la presunta comisión de los delitos de falsedad material y estafa con víctimas múltiples, en audiencia pública de acción de libertad, el Juez de garantías resolvió denegar la tutela incoada por el prenombrado, a través de la Resolución 315/2019 de 14 de julio (fs. 11 a 16 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- no ha lugar la solicitud impetrada,
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa, lo que implica que quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley, y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional, que, como se ha señalado, es el recurso idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso
- en forma concurrente,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR