SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0778/2019-S3

Fecha: 21-Oct-2019

II.1.

II.1.  Mediante Resolución AS/AAF 008/2018 de 28 de febrero, la Autoridad Sumariante del Ministerio Público, admitió los antecedentes remitidos por la Dirección de Régimen Disciplinario de la Fiscalía General del Estado, disponiendo el inicio de proceso administrativo de oficio contra el Fiscal de Materia Antonio Rocabado Reynal -hoy accionante- por la presunta comisión de la falta muy grave contenida en el art. 121.13 de la LOMP; en virtud a los antecedentes remitidos entre los que se encontraba copias de los procesos ejecutoriados sustanciados en su contra, así como el Informe M.M.D. 002/2017 de 5 diciembre, emitido por la Asistente Legal I de la Dirección de Régimen Disciplinario, que reportó: a) La Resolución Sumaria NCHC 39/2017 de 13 de marzo en la que se estableció responsabilidad disciplinaria por la comisión de la falta grave contenida en el art. 120.3 de la LOMP el 29 de julio de 2016, ejecutoriada el 3 de abril de 2017; b) Resolución Sumaria A.A.F. 021/2017-1° de 24 de abril, que determinó la comisión de la falta grave prevista en el art. 120.3 de la citada ley, ejecutoriándose la misma el 1 de junio del año mencionado; y, c) Finalmente, la Resolución Sumaria NCHC 40/2017 de 13 de marzo, que resolvió respecto a la comisión de la falta grave estipulada en el art. 120.15 de la LOMP el 30 de noviembre de 2016, ejecutoriada el 3 de abril de 2017; advirtiendo que, al contar el peticionante de tutela con la comisión de tres faltas graves ejecutoriadas dentro del plazo de doce meses, se dio inicio a la sustanciación de sumario disciplinario por la presunta comisión de la falta disciplinaria muy grave prevista en el art. 121.13 de la citada Norma (fs. 515 a 518).