Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2019-S4
Fecha: 02-Oct-2019
II.1.
II.1. Mediante nota GDO/L-0711/2018 de 13 de junio, la Gerencia Departamental de Oruro de la Contraloría General del Estado, hizo conocer al Presidente del Concejo Autónomo Municipal de Oruro, que Edgar Bazán Ortega, Alcalde del referido gobierno municipal no registró ni remitió a la CGE, los contratos suscritos desde la gestión 2016 a esa fecha, motivo por el cual, existiendo incumplimiento de las previsiones contenidas en los arts. 27 de la LACG, 23 del Reglamento para Registro y Reporte de Contratos RE/CE-026 (vigente hasta el 14 de mayo de 2017) y RE/CE-026 segunda versión vigente desde el 15 del mismo mes y año, debía iniciarse proceso interno en su contra (fs. 172 a 174).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados.
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- i)
- El principio de convalidación; en cuyo mérito, no es posible declarar la nulidad, si el afectado con el acto irregular, lo consiente expresa o tácitamente
- Fragmento 12
- III.2. El deber de motivación de las resoluciones
- 1)
- CONFIRMAR