SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0846/2019-S4
Fecha: 02-Oct-2019
i)
Daniel Carreño Justiniano, Suany Stephanie Menashe Pedraza y Leny Pedraza Leaños, en audiencia de garantías, a través de su representante legal, se adhirieron a los fundamentos del Ministerio Público y señalaron que: i) La Resolución fiscal cuestionada tiene la debida fundamentación y motivación, ya que analizó la prueba consistente en el informe evacuado por DIPROVE, así como el informe técnico de la Aduana que amparaba la importación del vehículo, al momento de efectuarse el respetivo aforo físico y documental de la mercancía, advirtiéndose únicamente la existencia de errores en la numeración de referencia y no así irregularidades en el VIN, como refieren los accionantes; ii) Los impetrantes de tutela, no explicaron cuál era el acto constitutivo del agravio lesivo a sus derechos fundamentales, ni la razón por la que alegan indefensión, para que el Tribunal de garantías abra su competencia, a quien no le está permitido actuar como instancia casacional para revisar las pruebas que el Fiscal no consideró; iii) Tampoco argumentaron de qué manera el Fiscal Departamental no produjo, no le recibió o no analizó la prueba; y, iv) Les causa extrañeza que la acción de amparo haya sido tramitada en Warnes, y que no existe registro de la misma; razón por la cual creen que se transgredió la fe pública para llegar a esta instancia y que el amparo estaba fuera de plazo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público. Jurisprudencia reiterada
- Los fiscales formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria. Presupuestos mínimos para su revisión. Jurisprudencia reiterada
- ) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- FUNDAMENTACIÓN PROBATORIA DESCRIPTIVA
- CONFIRMAR