Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0856/2019-S4
Fecha: 02-Oct-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia la lesión de su derecho al debido proceso en relación a su libertad; toda vez que, el Tribunal de primera instancia rechazó su solicitud de cesación a la detención preventiva, omitiendo valorar el informe policial de 23 de abril de 2019 y en desconocimiento de la jurisprudencia constitucional que establece la imposibilidad de la detención preventiva con base en un solo riesgo procesal; determinación que fue apelada, pero confirmada por el Tribunal de alzada, que incurrió en las mismas omisiones.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la jurisdicción constitucional está impedida de ingresar a valorar la prueba
- es imprescindible también, que el recurrente señale en qué medida, en lo conducente, dicha valoración cuestionada de irrazonable de inequitativa o que no llegó a practicarse, no obstante haber sido oportunamente solicitada, tiene incidencia en la Resolución final;
- III.2.
- lo que nos da a entender, de manera clara, precisa e inequívoca que la jurisprudencia constitucional en ningún momento estableció que ante la existencia de un solo riesgo procesal (de fuga o de obstaculización), procedería automáticamente la libertad del imputado, sino más bien señaló que las autoridades judiciales tienen el deber de resolver las solicitudes de cesación de la detención preventiva, analizando todos los elementos probatorios aportados y no sólo uno de ellos para sostener su decisión de rechazo
- CONFIRMAR