Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0892/2019-S4
Fecha: 09-Oct-2019
II.1.
II.1. Por Auto de 306/2017 de 17 de noviembre, pronunciado por la Jueza Pública Civil y Comercial Décima Quinta del departamento de Santa Cruz, ante la interposición de un incidente de oposición a declaratoria de herederos y nulidad de actuaciones, presentada por el ahora impetrante de tutela, se declaró probada la oposición y la nulidad absoluta de obrados hasta “fs. 4” del proceso repuesto de declaratoria de herederos, por la inexistencia de derecho alguno de Alonza Zurita Rueda sobre la sucesión de Emigdio Galvis Vargas, en mérito a la cosa juzgada, puesto que, así fue determinado judicialmente (fs. 419 a 420), fallo complementado por la Resolución 12 de 23 de enero de 2018 (fs. 442).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III.1.
- siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías
- III.2.
- Fragmento 12
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR