Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2019-S4
Fecha: 16-Oct-2019
el derecho a la salud es consustancial en ocasiones al derecho a la vida
(…) el derecho a la salud es consustancial en ocasiones al derecho a la vida; corresponderá tutelarse cuando se advierta que a consecuencia del deterioro a la salud una persona, ésta se encuentra confrontando un grave riesgo para su vida, lo que, en su caso, exigirá de parte del Estado, la adopción de medidas apropiadas que contribuyan a garantizar el cuidado y atención oportuna a la salud de las personas privadas de libertad” (el resaltado es nuestro).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. El derecho a la salud de las personas privadas de libertad
- Fragmento 17
- el reconocimiento del derecho no sólo a la vida sino también a la salud
- el derecho a la salud es consustancial en ocasiones al derecho a la vida
- i)
- denegar
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER