SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0922/2019-S2
Fecha: 04-Oct-2019
III.2
La accionante manifiesta que se lesionaron sus derechos a la propiedad y al debido proceso en sus vertientes de debida fundamentación, motivación y congruencia, en mérito a que mediante Auto de Vista 135, los Vocales demandados, confirmaron el Auto Interlocutorio de 13 de abril de 2018, dictado por la Jueza cautelar codemandada, que resolvió declarar improbado el incidente de devolución del bien incautado planteado por ella, en mérito a que su vehículo fue confiscando en un proceso penal del cual no es parte, habiendo demostrado su adquisición anterior al ilícito y que ésta arrendó el bien a uno de los acusados de forma legal, de manera que se asumió la indicada determinación sin valorar debidamente la prueba ni considerar las normas aplicables al caso.
De la revisión de lo alegado en el acta de audiencia y los antecedentes del legajo procesal, se tiene que Luis Fernando Gius Peinado y otros, fueron acusados por el delito de tráfico ilícito de armas y tenencia y porte o portación ilícita el 29 de septiembre de 2018, hecho en el que se advierte que se incautó una vagoneta marca Toyota, modelo 2017, con placa de control 4507-HPU, de propiedad de Carmen Yanine Balcázar Soleto, ahora accionante, conforme certificado de registro de propiedad de 8 de agosto de 2017, quien cumple funciones laborales en TOYOSA S.A. como Jefa de Sucursal; en ese orden, dentro del proceso penal indicado, el 20 de febrero de igual año, la demandante de tutela presentó incidente de “desincautación y devolución del vehículo motorizado” (sic), en mérito a que éste fue incautado y secuestrado cuando fue hallado en el domicilio del sindicado referido, de forma que mediante memorial de 16 de marzo del año aludido, la peticionante ofreció pruebas, entre ellas, un contrato privado de arrendamiento, certificado de registro y certificado de trabajo, a efectos de establecer que el motorizado fue adquirido antes de la incautación y que el mismo no era utilizado en la comisión de hecho ilícito.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- 1)
- i)
- CONFIRMAR