SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2019-S4

Fecha: 22-Oct-2019

1.

Consecuentemente, para que la justicia constitucional ingrese al análisis de fondo de la presunta lesión al derecho de petición, es exigible: 1. La existencia de una petición oral o escrita; 2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición”′.

CONCEDER la tutela impetrada por vulneración del derecho a la petición de Rosa Isela Alcocer Peñarrieta, conforme a lo dispuesto por la Sala Constitucional Primera del referido departamento; es decir, que se ordena a Ebhert Vargas Daza, Director Regional a.i de AASANA Cochabamba, dar respuesta inmediata a las solicitudes planteadas por la impetrante de tutela;