SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0990/2019-S2
Fecha: 21-Oct-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que los Vocales demandados vulneraron su derecho al debido proceso en su vertiente de fundamentación y motivación; toda vez que, pronunciaron el Auto de Vista 59/2019, por el que anularon la Resolución impugnada inclusive el acta de la audiencia de medidas cautelares efectuada el 16 de abril de 2019, disponiendo que una vez devueltos los antecedentes al Juzgado de origen, se señale nueva audiencia de medidas cautelares donde se defina su situación jurídica, lesionando de esta manera el derecho referido; debido a que, no solicitó la nulidad del Auto Interlocutorio sino que se revoquen las medidas sustitutivas impuestas y que se disponga su libertad irrestricta, como tampoco lo peticionó la parte querellante, actuando de oficio dicho Tribunal de alzada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. La obligación del tribunal de alzada para resolver el fondo de la apelación incidental contra resoluciones que apliquen o sustituyan medidas cautelares y la prohibición de anular obrados. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 12
- CONFIRMAR