Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1044/2019-S1
Fecha: 21-Oct-2019
Fragmento 13
El impetrante de tutela, alega la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso a la petición, a la seguridad personal, a la defensa, a la impugnación; y, al principio de verdad material, en razón a que los Vocales -ahora demandados- de forma indebida declararon inadmisible por extemporaneidad en su presentación el recurso de apelación incidental que interpuso contra el Auto de 22 de marzo de 2019, que dispuso el rechazo del incidente de nulidad de imputación formal que planteó dentro del proceso penal seguido en su contra, efectuando un erróneo computo del plazo de tres días establecido en la normativa procesal penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR