1026/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

1026/2019-S2

Fecha: 22-Nov-2019

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

La solicitante de tutela Janneth Delina Barrios León en su condición de profesional Odontóloga, cumplía sus funciones en la Posta Municipal de Caraparí, provincia Gran Chaco del departamento de Tarija, dependiente de SEDES Tarija, sin haber recibido ninguna llamada de atención o situación similar que amerite su despido; sin embargo, por Memorándum 03/18 de 13 de marzo, los demandados agradecieron sus servicios, acto que le fue notificado el 13 del citado mes y año, dando por terminada su relación laboral con la entidad contratante de manera arbitraria y unilateral, en desmedro de sus derechos constitucionales puesto que no consideraron que es tutora de su hijo NN, quien sufre una discapacidad mental en grado del 48% desde su nacimiento, vulnerándose de esa manera su derecho a la inamovilidad laboral del que debería gozar por ley, al ser tutora y su única fuente laboral de sustento de su hijo; por lo que, al emitirse el referido Memorándum de destitución no se siguió un proceso legal establecido en la norma; En ese orden, y con el fin de revertir esta situación planteó recursos de revocatoria y jerárquico contra dicho Memorándum, sin embargo, la situación se prolongó hasta fecha 19 de septiembre del 2018, y posteriormente recurre a la vía constitucional.