AUTO CONSTITUCIONAL 0282/2019-CA
Fecha: 22-Nov-2019
la Comisión de Apelación del Comando General de la Policía Boliviana
En consulta la Resolución 122/2019 de 9 de octubre, cursante de fs. 11 a 19, pronunciada por la Comisión de Apelación del Comando General de la Policía Boliviana, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Vicente Tinta Choque, demandando la inconstitucionalidad del art. 5.VII inc. f) del Reglamento de Convocatoria a Exámenes de Ascenso, Cursos de Pre y Postgrados de la Policía Boliviana, por ser presuntamente contrario a los arts. 8.II, 9.2, 14.II, 17, 46.I, 97 y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE); 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 7 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).
- la Comisión de Apelación del Comando General de la Policía Boliviana
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
- en el marco de un proceso judicial o administrativo
- procederá en el marco de un proceso
- dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo; que la disposición legal que se alega de inconstitucionalidad debe necesariamente ser aplicada a la resolución del caso concreto dentro del proceso judicial o administrativo
- II.4. Análisis del caso concreto
- conocer y resolver en última instancia
- sólo es posible la admisión y posterior control de constitucionalidad cuando la norma impugnada será aplicada a la decisión final de la causa
- RATIFICAR