AUTO CONSTITUCIONAL 0345/2019-RCA
Fecha: 27-Nov-2019
a)
La Sala Constitucional Segunda del departamento de Cochabamba, pronunció el proveído de 13 de septiembre de 2019, cursante a fs. 124, otorgando el plazo de tres días, bajo conminatoria de tenerse por no presentada la acción, a objeto de que se subsane lo siguiente: a) Identificar a los funcionarios o autoridades que vulneraron sus derechos y garantías constitucionales; y, b) Acompañar el testimonio 334/2013 de 15 de marzo, la escritura pública de modificación de plazo de crédito, tasa de interés, forma de pago y total a pagar en contrato de préstamo de dinero; Reglamento de seguro de desgravamen hipotecario; Resolución ASFI/706/2016, Resolución Administrativa IS 381; Recopilación de normas para Servicios Financieros y Resolución Administrativa APS/ 687/2016; Seguro de desgravamen -operación 10051875-, Carta Circular de la ASFI 411/2016 de 25 de agosto y el Folio Real del bien inmueble de propiedad de la accionante y su esposo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- a)
- improcedente
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- no es menos evidente que en determinados casos, que involucren a personas discapacitadas
- II.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- Richard Armando Arias Mendiguri,