SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2019-S3

Fecha: 18-Nov-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El peticionante de tutela a través de sus representantes denuncia la vulneración de sus derechos a la igualdad, de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva en su componente a obtener una “…Resolución debidamente fundamentada…” (sic) y al debido proceso en sus elementos a la defensa, a la motivación de las resoluciones y valoración razonable de la prueba; toda vez que, dentro el proceso penal seguido contra Yolanda Rosario Gonzalez Foronda y Primitiva Terceros Medina, por la posible comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, el Fiscal Departamental de Potosí dictó la Resolución FDP-T.I.S./FACM 128/2018 de 30 de julio, a través de la cual ratificó la Resolución Fundamentada de Sobreseimiento de 5 de mayo de 2017, sin haberse pronunciado de manera motivada y fundamentada respecto a la prueba aportada en la etapa preliminar de la investigación, entre ella los informes emitidos por IBMETRO que demostraban la culpabilidad de las imputadas; no tomó en cuenta que Yolanda Rosario Gonzalez Foronda, utilizó documentación a sabiendas que era falsa a tiempo de realizar la Declaración de importación de su comitente Primitiva Terceros Medina, por lo que correspondía imputarle por el delito de uso de instrumento falsificado; tampoco se consideró la normativa aduanera, bajo la cual se rige el actuar de las Agencias Despachantes de Aduana; y que Yolanda Rosario Gonzalez Foronda como representante de la Agencia Despachante de Aduana “SAA” S.R.L., era responsable por la documentación presentada en los trámites para su comitente y por lo tanto pudo haber previsto el resultado en razón a la idoneidad con la que debería haber obrado de acuerdo a su función.