SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2019-S3

Fecha: 19-Nov-2019

1)

El accionante a través de sus representantes, ratificó el contenido del memorial de acción de libertad y a su turno expresó que: 1) Por Auto Interlocutorio de 5 de octubre de 2018 se dispuso su detención preventiva, por concurrir los presupuestos de los arts. 233.1 y 2; 234.1, 2, 4, 7, 8 y 10; y, 235.1 y 2 del CPP; 2) Se cumplieron audiencias de cesación a la detención preventiva el 27 de noviembre de 2018 y el 9 de enero de 2019, apelándose la Resolución emitida en la última de donde emergió el Auto de Vista de 24 del mismo mes y año, en base a la falta de motivación, fundamentación, razonabilidad y favorabilidad; 3) No se valoró las fotocopias simples de la licencia de funcionamiento renovada del radio taxi “Express América” exigiéndose los originales, lo que es un exceso; 4) Se sostuvo la persistencia de los antecedentes penales respecto de una salida alternativa por delito doloso -sin precisar el proceso-, sin valorar la documentación presentada donde constaba el auto de extinción de la pena, ni considerar que la cancelación de los mismos no fue posible por la vacación del Juzgado que la emitió -sin indicar número ni ubicación-; y, 5) Las autoridades demandadas actuaron extra petita por valorar antecedentes penales no considerados en la audiencia de aplicación de medidas cautelares, vulnerando los principios de favorabilidad e in dubio pro reo por los formalismos exigidos.