SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0986/2019-S4
Fecha: 22-Nov-2019
d)
d) En la fundamentación probatoria intelectiva de dicha Resolución Fiscal, se expuso de manera detallada la asignación o valor otorgado tanto a las pruebas testificales, como documentales, descritas en el acápite anterior, y refiriéndose específicamente al Informe psicológico pericial, indicó: “…en el cuaderno de investigaciones si bien existe informe psicológico pericial, este no ha podido determinar la credibilidad del testimonio de la víctima, ya que sólo se presentó a una sesión, por lo que la psicóloga no pudo determinar si la credibilidad de dicho testimonio era cierto, por lo que nos basaremos en el informe preliminar donde ésta identifica a su profesor con quien mantuvo relaciones sexuales” (sic); en consecuencia, de manera motivada sustentó todas las afirmaciones en las pruebas cursantes en el cuaderno de investigaciones; lo que lleva a establecer que al respecto sí existe una debida motivación (Conclusión II.3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a) E
- 1)
- i)
- concedieron
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público.
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- c)
- d)
- e)
- REVOCAR