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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2019-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0998/2019-S4

    Fecha: 27-Nov-2019

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    El accionante denunció persecución indebida y vulneración de su derecho a la libertad en relación al debido proceso en su componente de justicia pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones; en virtud a que, los Vocales de la Sala Constitucional Primera del Tribunal –ahora demandados–, luego de disponer la nulidad del Auto de Vista 50, que confirma la determinación de dejar sin efecto el mandamiento de aprehensión y las medidas dispuestas en su contra, sin que se hubiera elaborado el acta de amparo constitucional, ni notificado a los demandados con el citado fallo constitucional, sobrepasando lo dispuesto en la acción tutelar, dispusieron la subsistencia del referido mandamiento, las medidas en su contra y que se remitan oficios a la INTERPOL, la Cancillería del Estado Plurinacional de Bolivia y cualquier autoridad nacional o internacional en amenaza a su libertad.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • denegó
    • I.3.
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • ii)
    • las partes accionante o demandada, aún ya exista sentencia constitucional pronunciada por el Tribunal Constitucional Plurinacional deben acudir ante el mismo juez o tribunal de garantías que emitió la resolución constitucional inicial, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 40.II del CPCo,
    • esta línea jurisprudencial impide abrir una cadena interminable de acciones de defensa, porque desde el punto de vista práctico, una concesión de tutela perdería su efectividad en su cumplimiento, pues quedaría indefinidamente postergada hasta que la parte demandada convertida eventualmente en accionante presente otra acción de defensa contra la sentencia constitucional que le fue adversa, buscando que la justicia constitucional le otorgue razón, eventualidad, en la que el accionante original continuaría con la misma cadena de tutela hasta volver a obtenerla
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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