SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1012/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1012/2019-S4

Fecha: 27-Nov-2019

1)

La parte accionante, ratificó los términos expuestos en su memorial de acción amparo constitucional; y ampliándolos señaló que: 1) El 3 de octubre de 2018, denunció ante el Ministerio Público, afirmando que la Jefa de la Unidad de la Casa de Mascotas dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, le ofreció un cargo público de manera ilegal, a cambio de la realización de trabajos de forma irregular; denuncia que fue observada y subsanada oportunamente; empero, terminó siendo desestimada; 2) Interpuso objeción el 5 de noviembre de 2018, que mereció la Resolución Jerárquica 49/2018, que omitió valorar las capturas de pantalla realizadas sobre los mensajes que la sindicada envió a la denunciante; la hoja de vida documentada, el CD de grabación y su respectiva transcripción, misma que fue alterada.

Lorena Claris Ayllón Irala, Fiscal de Materia; en audiencia de acción de amparo constitucional, manifestó que: 1) La denunciante, de forma puntual refirió que la sindicada aprovechó y abusó de sus funciones, el engañarle con el ofrecimiento de un cargo público, omitiendo las normas de contratación de personal y la publicidad de las convocatorias para dicho fin, a cambio de la prestación ilegal de un servicio; circunstancia que permite advertir que la ahora accionante, conocía cuáles eran las modalidades para poder acceder a un cargo público; por otro lado, refirió que existió una mala valoración documental; empero, se hizo una consideración de las mismas, a través de una resolución de desestimación clara, específica, puntual y concreta, en relación al por qué se le está diciendo que no se puede disponer el inicio de investigación; y, 2) Su pretensión estaba dirigida a lograr que se le cancelen por los días trabajados y al advertir aquello, el Ministerio Público le señaló qué documentos debía presentar, que acrediten los días trabajados, o la campaña que fue desarrollada de forma voluntaria, para que se le pueda dar un reconocimiento, certificación y/o pago, situación que no compete al Ministerio Público, pues de lo contrario se ingresaría a utilizar el derecho penal para satisfacer un bien netamente particular.