Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1017/2019-S4
Fecha: 27-Nov-2019
II.2.
II.2. A través de nota CB-RH-N-510-18 de 12 de noviembre de 2018, la Caja de Salud de la Banca Privada Regional Cochabamba, comunicó al peticionante de tutela que había emitido la Convocatoria a Concurso de Méritos y Examen de Competencia Abierto Departamental para la Institucionalización del ítem CB04-086 de Ginecólogo a medio tiempo, haciendo constar que se encontraba habilitado para postular y participar como cualquier otro profesional, de forma que en caso de resultar ganador se le asignaría el ítem mencionado y en el supuesto contrario, concluiría la relación laboral (fs. 81).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.2.4.Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional no puede dilucidar hechos controvertidos
- para la tutela efectiva de los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado a través de los mecanismos constitucionales de defensa, como la presente acción de amparo constitucional, es indispensable que no exista duda sobre la titularidad de quien invoca su protección; es decir, no deben estar sujetos
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR