SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1017/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1017/2019-S4

Fecha: 27-Nov-2019

III.1.  La acción de amparo constitucional no puede dilucidar hechos  controvertidos

Al respecto, la SCP 0984/2015-S3 de 12 de octubre, sostiene que: “El art. 128 de la CPE, señala que la acción de amparo constitucional ‘…tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley’.