SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1027/2019-S2
Fecha: 22-Nov-2019
II.3.
II.3. Cursa Auto de Vista 290/2019 de 11 de julio, mediante el cual los Vocales ahora demandados, declararon procedente en parte el recurso de apelación interpuesto por la víctima y revocaron en parte el Auto Interlocutorio apelado, disponiendo la aplicación de la detención preventiva del accionante, argumentando: i) En relación a la duda razonable de la probabilidad de autoría que existiría en la Jueza a quo, según refiere la defensa del imputado, no existe tal duda, por cuanto en base a los elementos de convicción presentados, dicha autoridad consideró que el Ministerio Público demostró la probabilidad de autoría; y, ii) Respecto a la determinación de la concurrencia del peligro de obstaculización del art. 235.1 del CPP, en la audiencia de aplicación de medidas cautelares, el abogado de la víctima puso en conocimiento de la referida Jueza a quo que se encontraban pendientes la inspección técnica ocular, el anticipo de prueba y el peritaje psicológico; asimismo, la pareja del accionante refirió la pretensión de desocupar el ambiente que ocupaban en calidad de inquilinos, pretendiendo modificar el lugar de los hechos, cuando estaba pendiente la inspección técnica ocular (fs. 188 a 190 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 4
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- i)
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.2.1. El enfoque interseccional
- la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer
- mujer víctima de violencia sexual
- III.2.2. El enfoque interseccional para el análisis de la violencia hacia niñas y adolescentes mujeres
- III.
- actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer
- que los Estados tendrán especialmente en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer, en razón, entre otras, por ser menor de edad o estar en situación socioeconómica desfavorable
- justiciabilidad
- tomando medidas apropiadas para crear un entorno de apoyo, que las aliente a reclamar sus derechos
- Fragmento 23
- niñas
- IV.
- III.3.
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA