Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1149/2019-S1
Fecha: 29-Nov-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denuncia que se vulneraron sus derechos a la defensa y al debido proceso en sus vertientes de legalidad, motivación y fundamentación; por cuanto, dentro del proceso penal seguido contra Roque Cardozo Oliveira, Juan Carlos Quintanilla Pérez y otros, en su calidad de tercero interesado, formuló excepción de extinción de la acción penal por muerte del imputado; empero, la Jueza demandada en desconocimiento de la normativa procesal penal, que establece el trámite a seguirse, mediante una providencia de mero trámite no consideró su solicitud, y pese de haber presentado recurso de reposición contra esa determinación, mantuvo su decisión.
- En lo principal y a los otrosíes.- NO ha lugar lo solicitado por no ser parte del proceso
- a)
- concedió en parte
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
- Para que la jurisdicción constitucional analice la actividad interpretativa realizada por los tribunales de justicia, los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa -
- Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico,
- III.4.
- III.5. Otras consideraciones
- Fragmento 14