Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA DCP 0081/2019
Fecha: 27-Nov-2019
Fragmento 4
En ese entendido, la suscrita Magistrada considera que en control previo de constitucionalidad del proyecto del Estatuto de la Autonomia Indigena Originaria Campesina Jatun Ayllu Yura, efectuada por la DCP 0081/2019, no correspondía la aplicación del principio “conservación de la norma”, cual si se tratara de control constitucional normativo posterior; de acuerdo a los siguientes fundamentos jurídicos:
- control previo de constitucionalidad del proyecto del Estatuto de la Autonomía Indígena Originaria Campesina Jatun Ayllu Yura de la provincia Antonio Quijarro del departamento de Potosi,
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DEL VOTO PARTICULAR
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- “conservación de la norma”
- confrontar el contenido de estos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado
- principio de conservación de la norma
- el control previo de constitucionalidad de los proyectos de normas institucionales básicas
- 76.II
- debió declararse su compatibilidad sin condicionar a interpretación dicho precepto