AUTO CONSTITUCIONAL 0383/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0383/2019-RCA

Fecha: 11-Dic-2019

I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN

Por memoriales presentados el 12 de septiembre y 24 de octubre de 2019, cursantes de fs. 26 a 34 y 44 a 49 vta., el accionante refiere que habiendo formulado denuncia por abandono y maltrato de sus sobrinos la misma fue remitida a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Municipio de Ancoraimes, apersonándose a la misma, fue víctima de agresiones verbales por parte del padre de los menores y sus familiares, ante ello, a efectos de instaurar la correspondiente querella por difamación, calumnias e injurias le es indispensable contar con prueba idónea para la apertura del proceso penal, por lo que demandó acto preparatorio consistente en la extensión de certificaciones e informes.

Señala que, habiendo sido sorteada su demanda, el Juez de la causa expidió oficios a la mencionada Defensoría, los cuales fueron recibidos el 13 de mayo de 2019, pero al no ser acatada la solicitud se expidieron nuevos oficios, emitiendo al efecto la señalada Defensoría un informe ambiguo, por lo que se extendieron solicitudes complementarias, las que tampoco fueron obedecidas, por lo que siendo dicha Defensoría dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de Ancoraimes conforme determina el art. 185 del Código Niño, Niña y Adolescente (CNNA), el 8 de octubre de 2019, denunció tales aspectos mediante memorial ante Simón Ramos Mamani, Alcalde del citado Municipio, poniendo a conocimiento de dicha autoridad el incumplimiento incurrido por los Personeros de la Defensoría, pero al no tener respuesta ante su constante insistencia el 17 de octubre de 2019, se entrevistó con el Asesor Jurídico del Alcalde ahora demandado quien le indicó que retornará el miércoles 23 del citado mes y año para saber si tendría alguna respuesta, donde transcurrieron 10 días hasta la fecha, vulnerando con ello su derecho a la petición.