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    AUTO CONSTITUCIONAL 0387/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0387/2019-RCA

    Fecha: 11-Dic-2019

    CONFIRMAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 177/2019 de 30 de octubre, cursante de fs. 258 a 260, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del departamento de La Paz.

    • acción de amparo constitucional
    • a)
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • improcedencia
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal
    • II.2. De la identidad de objeto, sujeto y causa como presupuesto de la cosa juzgada constitucional
    • la calidad de cosa juzgada constitucional se da cuando la problemática planteada en una acción de defensa ya fue resuelta y analizada en el fondo en una anterior acción que cuenta con Sentencia Constitucional, sea concediendo la tutela, si encuentra que es cierta la denuncia y se ha lesionado el derecho invocado, o denegándola si no evidencia la vulneración denunciada; decisión que, de acuerdo a la SC 0766/2010-R de 2 de agosto, 'causa estado y adquiere la calidad de cosa juzgada y por lo mismo no debe revisarse nuevamente la misma problemática
    • La presentación de una segunda acción de defensa con igual identidad de sujeto, objeto y causa, imposibilita a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada
    • CONFIRMAR

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