Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0415/2019-RCA
Fecha: 31-Dic-2019
I.
I. En la sede del Tribunal Supremo de Justicia, de los Tribunales Departamentales de Justicia y de los tribunales y juzgados en provincias, funcionará el servicio de buzón judicial, donde se centralizará la presentación de memoriales y recursos fuera del horario judicial y en días inhábiles, en caso de urgencia y cuando esté por vencer un plazo perentorio.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- 1)
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- II.2. La inmediatez como principio que regula la interposición de las acciones de amparo constitucional
- I.
- II.
- el Órgano Judicial prevé un servicio de buzón judicial, que permite al justiciable acceder a un sistema informático, en casos de emergencia, garantizándose con ello la posibilidad de presentación de los memoriales o recursos que correspondan, dentro del plazo previsto en la ley
- por vencer un plazo perentorio
- CONFIRMAR