Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1221/2019-S1
Fecha: 16-Dic-2019
II.2.
II.2. Mediante memorial presentado el 19 de marzo de 2019 a horas 17:58, Irineo Condori Carlos presentó recurso de apelación contra el Auto Interlocutorio de 16 de marzo de 2019, por el que declaró infundado el incidente de aprehensión ilegal, con los fundamentos que expone, con cargo de recepción del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y de Materia Contra la Violencia Hacia la Mujer Primero del departamento de Chuquisaca, de 20 de igual mes y año, consecuentemente, la autoridad judicial providenció el 21 de marzo de 2019, corriéndolo en traslado a las partes (fs. 85 a 86).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para la remisión de antecedentes ante el tribunal de alzada, frente a un recurso de apelación incidental
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- III.2. Análisis del caso concreto
- 16 de marzo de 2019
- 22 de marzo de 2019
- las actuaciones pertinentes serán remitidas en el término de veinticuatro horas
- REVOCAR
- 2° Exhortar
- excepción
- el mecanismo procesal, por el cual el juez constitucional asume un rol fundamental para la protección del derecho a la libertad personal, así como del derecho a la vida, integridad física, debido proceso y libertad de locomoción; pues si bien pueden haber cesado las vulneraciones a dichos derechos