SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2019-S4
Fecha: 26-Dic-2019
II.1.
II.1. Dentro del proceso coactivo civil instaurado por el Banco Fortaleza S.A. contra Marvin Fulguera Llusco -ahora accionante- y otra, Marianela Severiche Daza Jueza Pública Civil y Comercial Cuarta del departamento de Santa Cruz – hoy demandada-, dictó la Sentencia 113/2017 de 26 de mayo, declarando probada la demanda; ordenando a los demandados el pago de la suma adeudada más intereses convenidos, costos y costas, a tercero día de su legal citación, bajo apercibimiento de rematarse los bienes dados en garantías; asimismo, dispuso el embargo del bien hipotecado y la emisión del correspondiente mandamiento; determinación que fue notificada a los coactivados el 14 de junio de 2017, mediante cédula pegada en el domicilio señalado, en presencia de testigo de actuación, al haberse rehusado la persona que salió del mismo a recibir la diligencia referida (fs. 31 a 34 y 37).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- a)
- denegó
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad ante la posible existencia de daño irreparable o perjuicio irremediable
- 1)
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR