Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1092/2019-S4
Fecha: 27-Dic-2019
II.1.
II.1. De acuerdo al Acta de Aprehensión por particular, ejecutada el 8 de marzo de 2019, Dohel Mercado Fernández de Córdova, procedió a la aprehensión de Edmundo Carlos Salas Martínez –hoy accionante–, debido a que éste último hubiera sonsacado con mentiras y engaños al primero, la suma de Bs30 000.- (treinta mil bolivianos), destinados a la compra de tarjetas de crédito telefónicas, siendo que luego de efectuado el depósito del dinero, el aprehendido desapareció; en tales circunstancias y habiéndolo encontrado en vía pública, solicitó ayuda de funcionario policial demandado, quien lo traslado a dependencias de la FELCC (fs. 29).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- LA LIBERTAD PURA Y SIMPLE DE EDMUNDO CARLOS SALAS MARTINEZ
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- dicha restricción
- 4. Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR