Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1092/2019-S4
Fecha: 27-Dic-2019
II.4.
II.4. Edmundo Carlos Salas Martínez, a las 17:25 del 8 de marzo de 2019, planteó la presente acción de libertad, manifestando encontrarse indebidamente detenido, señalándose audiencia de consideración de dicha acción tutelar para las 10:00 del 9 del mes y año anotados; notificándose al accionante a las 18:30 del 8 mes y año aludidos; y, a la Dirección Departamental de la FELCC, a las 9:14 del 9 del citado mes y año (fs. 1 a 5).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- LA LIBERTAD PURA Y SIMPLE DE EDMUNDO CARLOS SALAS MARTINEZ
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- dicha restricción
- 4. Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR