SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1122/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1122/2019-S2

Fecha: 18-Dic-2019

III.3.  Análisis del caso concreto

           En la presente causa la accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y a la garantía de inamovilidad laboral por ser madre de una niña menor a un año, por cuanto la Empresa demandada no cumplió con la Resolución de Conminatoria 005/2019 emitida por la Jefatura Regional de Trabajo de Riberalta del departamento de Beni, que dispuso su reincorporación al cargo que ocupaba antes del despido, solicitando se conceda la tutela y se ordene su reincorporación inmediata a su fuente laboral, el pago de sus asignaciones familiares y demás derechos sociales.

           De la documentación adjunta se tiene que la accionante estuvo vinculada a la Empresa demandada, mediante un contrato de trabajo a plazo fijo de prestación de servicios en calidad de clasificadora de castaña, desde el 3 de abril hasta que la materia prima se agote, situación que se materializó el 31 de octubre de 2018 (Conclusión II.1).

Sin embargo, en ese lapso, la accionante resultó en estado de gravidez, dando a luz a su hija el 2 de enero de 2019 (Conclusión II.2), es así que, el 18 de marzo del mismo año, cuando acudió a la Empresa demandada para su contratación en el nuevo periodo productivo, se le negó la misma, incumpliendo a su criterio, el art. 5 de la citada Ley, por lo que acudió a la Jefatura Regional de Trabajo de Riberalta del departamento de Beni, cuyo titular Marcos Farfán Farjat, emitió la Resolución de Conminatoria 005/2019, conminando a la entidad demandada a su inmediata reincorporación a su puesto laboral (Conclusión II.3).

De lo desglosado, con el fin de realizar un adecuado y coherente análisis de la problemática planteada, se debe establecer si en el presente caso se desconoció la presunta inamovilidad laboral de Claudia Alejandra Canamari Ordoñez -hoy solicitante de tutela-, por ser madre de una menor de seis meses en el marco de la conminatoria emitida a su favor.