Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1198/2019-S1
Fecha: 04-Dic-2019
II.9.
II.9. Consta Informe de 28 de junio de 2019, por el cual el funcionario policial dando cumplimiento a un Requerimiento fiscal informó al Fiscal de Materia, que el 10 de ese mes y año, como producto de una llamada telefónica al 110 emergente de una denuncia de robo, se constituyó en el inmueble de calle Cacique Tito 429, zona la Recoleta, oportunidad que tomó contacto con la ahora demandada que refirió ser la propietaria del inmueble, manifestando que su persona llamó requiriendo presencia policial; toda que vez que, la misma cerró con chapa la puerta del baño y que posteriormente apareció deschapado (fs. 38).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- actos ilegales arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda, realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente al agraviado, actos que resultan ilegítimos
- III.2. La protección directa e inmediata de los derechos del inquilino ante las medidas de hecho trasuntadas en cortes de suministros de agua, electricidad y otros
- agua y electricidad
- los propietarios de inmuebles u otras terceras personas no pueden cortar o amenazar cortar dichos servicios, menos utilizarlos como mecanismo de presión para obtener la ejecución de algún acto,
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR