SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1236/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1236/2019-S1

Fecha: 19-Dic-2019

denegó

El Juez de Sentencia Penal Primero del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/2018 de 23 de mayo, cursante de fs. 98 a 102 vta., denegó la tutela, bajo los siguientes fundamentos: a) De los hechos se infiere que el accionante conocía a cabalidad los alcances de la SCP 1006/2017-S2 –más aún si solicitó aclaración de dicho fallo– y en sujeción a la misma, el Juez de Instrucción Penal Primero del departamento de Beni dictó el Auto de 16 de enero de 2018 revocando las medidas sustitutivas impuestas a Mario Justiniano López –ahora accionante– ordenándose su detención preventiva, sin necesidad de audiencia de consideración de la revocatoria de las medidas sustitutivas, ello debido a que en la indicada Sentencia Constitucional Plurinacional se consideró que los riesgos procesales contenidos en los arts. 234.4 y 235.2 del CPP estaban latentes; b) No se vulneró el derecho al debido proceso, por cuanto conocida la SCP 1006/2017-S2 el accionante debió solicitar la modificación de sus medidas sustitutivas acompañando documentación idónea a efectos de desvirtuar los riesgos procesales, o en el mejor de los casos, debió plantear recurso de apelación incidental en contra del Auto de 16 de enero de 2018, lo que no ha sucedido en el presente caso; y, c) En audiencia el abogado del accionante manifestó haber solicitado en tres oportunidades al Juzgado de Instrucción Penal Primero del departamento de Beni la nulidad del Auto de 16 de enero de 2018; empero, revisados dichos memoriales, en su petitorio solicitaron control jurisdiccional pidiendo se deje sin efecto el citado Auto; no obstante, el accionante debió plantear recurso de apelación incidental alegando que no fue notificado con el memorial de revocatoria solicitado por el querellante, ni el señalamiento de audiencia, de ahí que se considera que no se agotó el recurso de apelación porque los jueces y tribunales no son competentes para revisar o declarar la nulidad de algún acto procesal dictado por otra autoridad jurisdiccional.