SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1241/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1241/2019-S1

Fecha: 20-Dic-2019

4)

 4) Fue retirado sin ningún preaviso o justificativo que prevea la norma; 5) Una vez que la institución es conminada, la reincorporación es inmediata al puesto de trabajo que ocupaba; asimismo, el pago de salarios devengados, y demás derechos que le correspondan; 6) No sólo es el tema de la tácita reconducción, se debe tener en cuenta que su esposa estaba embarazada; 7) Con la boleta de pago, se acredita que la fecha de ingreso a la referida  Empresa  es  el 27 de diciembre de 2017; 8) En ambos contratos no se decreta la realidad de la  relación  laboral; 9) La “…Empresa argumenta también señor Juez de que objeta esta situación de que el sindicato de la Empresa pueda emitir una certificación, situación que es (…) falsa, simplemente hacen una nota de que mencionan de que el señor José Daniel Fernández es afiliado al sindicato de la Empresa…” (sic); y, 10) En ningún momento fue contratado como chofer a pesar de que el contrato establecía ese aspecto, era ayudante de ventas.