AUTO CONSTITUCIONAL 0032/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0032/2019-RCA

Fecha: 12-Feb-2019

a)

La Jueza Pública de Familia Decimoprimera del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Auto de 2 de enero de 2019, cursante a fs. 80 y vta., ordenó al accionante para que, en el plazo de tres días, subsane las siguientes omisiones, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada:            a) Acreditar cómo el Auto de Vista 395/2018 ha conculcado sus derechos; debe demostrar su legitimación activa; b) Adjuntar Poder especial a su favor por parte de la máxima autoridad ejecutiva del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto;    c) Fundamentar la relación de causalidad entre el hecho y el derecho lesionado y/o el acto ilegal que se acusa a las autoridades demandadas de manera objetiva; d) Indicar con precisión el elemento fáctico que está referido a los hechos que sirven de fundamento a la acción y el acto impugnado, así como el elemento normativo, señalando los derechos y garantías invocados como vulnerados por esos hechos; e) Exponer de manera adecuada, precisa y debidamente fundamentada los criterios interpretativos que no fueron cumplidos o resultaron desconocidos por el juez o tribunal que realizó la interpretación de la norma al caso concreto; f) Explicar qué principios y derechos fundamentales o valores supremos no han sido tomados en cuenta o se desconocieron en la interpretación que se considera lesiva a sus derechos; g) Cuál es la pretensión que solicita sea declarada por el juez de garantías; y, h) Aclare cuál la diferencia entre una anterior acción constitucional que planteó con la presente, dado que de la revisión del sistema, los hechos descritos, accionante y accionados son los mismos.