AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0036/2019-RCA

Fecha: 15-Feb-2019

improcedencia

El Juez de garantías, mediante Resolución de 18 de enero de 2019, cursante de fs.47 a 51 vta., declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, manifestando que: 1) Toda declaración o decisión de la administración pública, como el emitido por la Dirección de Ordenamiento Territorial con el informe técnico PER 176/GFV 0007/2018, informe 389/N.V.G 13/2018, producen efectos jurídicos, al tratarse de una decisión que el accionante tomó conocimiento y que en función del art. 56 de la Ley 2341, procede recursos contra actos administrativos no solo contra resoluciones; 2) En sede administrativa corresponde interponer los recursos ante actos administrativos definitivos o equivalentes; 3) No se agotó la vía administrativa, por lo que se enmarca a la causal de improcedencia reglada prevista en el art. 54.I del Código Procesal Constitucional (CPCo) por cuanto el accionante tiene la vía ordinaria para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos suprimidos o amenazados de serlo, debiendo previamente agotar la vía, lo que impide analizar la demanda en el fondo; y, 4) No se identificó un perjuicio irremediable o irreparable en los derechos de quien activa la acción, más al contrario podía iniciar las acciones pertinentes en la vía administra y otras acciones accesorias que viere conveniente.