SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2019-S4

Fecha: 20-Feb-2019

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Maritza Celia Tórrez Arismendi, Fiscal de Materia –ahora demandada–, informó que las ocho personas llegaron a la división de la FELCC como acción directa, el 2 de febrero de 2018 a las 18:20, en cumplimiento estricto de instrucciones emanadas de radio patrullas 110, y, como efecto de la llamada telefónica de una ciudadana, quien denunció que dichos individuos ingresaron arbitrariamente a su casa, rompieron chapas, derribaron puertas y tapiaron ventanas.

Por otro lado, explicó que no es evidente la detención de los ahora accionantes por más de ocho horas, pues el llamado a radio patrullas se registró a las 18:20, momento en el que los funcionarios policiales se dirigieron al domicilio en cuestión. Los arrestados llegaron a las dependencias de la FELCC a las 20.00 y a las 02:00 se proporcionaron las directrices a la asignada al caso: “…los Señores abogados ya empezaban a gritar, ya es hora tenemos que irnos, por lo que yo le dije al investigador por favor ni bien cumplan su uso horas que se vayan y que presente sus garantes y se verifique el domicilio real, situación que se ha dado muy a pesar del cargado trabajo y todo eso a las 06:00 am, y fue a esa hora que han firmado sus garantías a las 04:00 (…) evidentemente ha afirmado a las 06:00 la mañana ya cuando había presentado sus garantes, por lo que es falso lo que indican que se les ha detenido ilegalmente, la suscrita ha dispuestos ocho horas por el ilícito de allanamiento y ante la existencia de armas punzo cortantes y por los antecedentes que se ha podido recabar dos de ellos tienen antecedentes de años atrás, por violación y por intento de atraco, no han presentado ningún documento” (sic).

Uno de los ahora demandados, a quien no se identificó en el acta de audiencia de garantías, mencionó que acudió al llamado de la central de radio patrullas, habiendo tomado contacto con Verónica Pari, quien les mostró el folio real que acredita su derecho propietario, e indicó que en horas de la mañana ingresaron a su domicilio ocho personas y que habrían perpetrado destrozos dentro de la casa, por lo que para precautelar la seguridad y no enardecer a los vecinos, condujeron a los sujetos a las oficinas correspondientes, a objeto que asuman su responsabilidad en estos hechos.

Por su parte, Félix Quispe Gutiérrez, uno de los efectivos policiales demandados, informó que junto al codemandado, cumplió la acción directa en el inmueble, toda vez que su propietaria, denunció la invasión de su vivienda, por parte de unos desconocidos. De esta forma, se percataron que la “señora” los miraba desde la ventana y a mucha insistencia salió afirmando que era su casa y que vivía allí con sus familiares; luego, lo vecinos se reunieron y estaban un poco molestos, por lo que la referida mujer volvió a entrar y cerró la puerta. Finalmente, la convencieron de salir para que ambas partes arreglen el conflicto. Aclaró también, que en ningún momento se aprehendió a los hoy impetrantes de tutela.

Otro de los demandados, a quien tampoco se identificó en el acta de audiencia tutelar, informó que no se hizo la reclamación a alguna instancia. Asimismo, procedió a leer el informe contenido en el acta de intervención policial preventiva por sus dos “dependientes”: “En fecha 2 de febrero de 2018 a horas 18:00 aproximadamente por instrucciones de la central de radio patrullas 110, no fue de oficio reitero, nos constituimos a la calle Álvarez plata 57, de la zona 16 de julio a verificar un posible RP-0 en ese entonces y viendo una posible riña y pelea entre partes en el lugar se tomó contacto con la Sra. Verónica marcela Aro Mamani que manifiesta que en horas de la mañana habrían ingresado su domicilio el Sr. José Alberto Poma Quispe en compañía de siete personas desconocidas de sexo masculino cambiando las chapas violentando las en la puerta de ingreso sin ninguna orden, identificados como Enrique Dávila de 48 años, Oscar Ariñez, Nelson Rodríguez, Cristian Madana, Luis Alarcón, Luis Rafael y JanPier Sánchez de 20 años quienes fueron trasladados a las oficinas de la FELCC de la fuerza especial de lucha es contra el crimen división propiedades quedando cargo de la Sargento Primero Jacqueline Vargas quienes investigadora de turno, quiero reiterar que en esta intervención ha sido preventiva y de traslado inmediato ante la Sra. Fiscal …” (sic). Aclaró además, que en dicha actuación, él no intervino pero sí sus “dependientes”.