SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2019-S4

Fecha: 27-Feb-2019

a)

Solicitó que se le conceda la tutela y, en consecuencia: a) Se deje sin efecto el Auto de Vista 328/2018 de 11 de septiembre, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; b) Se pronuncie nueva resolución por los Vocales demandados, dentro de las veinticuatro horas siguientes, con la debida fundamentación y resolviendo todos los agravios expuestos, aplicando a su favor, el art. 240 del CPP; c) Se excluya el certificado médico de 23 de agosto de 2018; d) En apego a la SCP 0276/2018, se determine la inconcurrencia del primer presupuesto contenido en el art. 233.1 de la referida norma adjetiva penal; y,         e) Asimismo, se disponga la inexistencia del peligro procesal previsto en el            art. 234.10 del mismo Código, por insuficiencia de elementos de convicción objetivos.

a)       Conforme al art. 124 del CPP, el Tribunal de alzada está compelido a motivar y fundamentar el auto de vista que emita a momento de resolver el recurso de apelación contra resoluciones de medidas cautelares, pronunciándose solamente sobre los agravios deducidos por la parte, de conformidad a lo señalado por el art. 398 del citado Código.