Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2019-RCA
Fecha: 15-Mar-2019
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 01/2019 de 20 de febrero, cursante de fs. 768 a 769, pronunciada por el Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Caranavi del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- Fragmento 8
- CONFIRMAR