Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2019-S2
Fecha: 25-Mar-2019
acción de libertad
En revisión la Resolución 50/2018 de 26 de octubre, cursante de fs. 16 a 17 vta.; pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por René Eduardo Foronda Escóbar en representación sin mandato de Guadalupe Gregoria Lipa Porozo y Norma Vaquiata Coajera contra el “Director del Hospital de Clínicas” de La Paz y Florinda Soto, Trabajadora Social del mismo Centro de Salud.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- 1)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1.
- a)
- III.2.
- a los supuestos en los cuales se utilice el cuerpo de una persona fallecida como un medio para lograr la satisfacción de fines económicos u otros intereses
- III.3. Análisis del caso concreto
- Los hospitales o clínicas, para el cobro de deudas emergentes de internación y honorarios médicos; es decir, de los gastos realizados en un nosocomio, cuentan con las vías procesales adecuadas para su cobro
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO